¿Se puede conducir descalzo? Qué dice la DGT al respecto

No se puede conducir descalzo, y al hacerlo nos exponemos a una multa de hasta 200 euros. Pero es verdad que no existe ninguna norma que lo prohíba de una forma concreta y explícita, sino que queda a la interpretación de las autoridades competentes, en relación a una conducta irresponsable y peligrosa durante la conducción. En el Reglamento General de Circulación hay tres artículos en los que queda en evidencia que nos pueden poner una multa por conducir sin zapatos.

En el Reglamento General de Circulación se expone, en el artículo 18, que el conductor está ‘obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo de visión necesario y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía’. En el artículo 3.1, que ‘se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y el resto de usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario’

No se puede conducir descalzo, hasta 200€ de multa por ir sin zapatos

Por último, y quizá este sea el más específico de todos, el artículo 17.1 señala que ‘los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos’. Y sí, conducir descalzo se puede considerar que contradice las indicaciones de estos artículos del Reglamento General de Circulación. Es decir, que aunque no se señale de una forma específica y concreta, las autoridades te pueden poner una multa de entre 80 y 200 euros por conducir sin calzado, igual que te pueden poner una multa por conducir en chanclas.

El mayor problema está en que, como la normativa no es específica, realmente sí se podría conducir con chanclas o descalzo, pero queda a la interpretación de las autoridades el considerarlo una infracción. Y en las redes sociales, la DGT ha señalado en multitud de ocasiones –especialmente en verano- que se debe conducir con un calzado adecuado por seguridad, y para evitar una multa. De hecho, incluso nos podrían multar también por conducir con plataformas, o con ciertos tacones, que puedan suponer un riesgo o una limitación para la conducción.

Se recomienda conducir siempre con un calzado cómodo y suficientemente flexible, que esté adecuadamente sujeto al pie y, a poder ser, que cuente con una suela antideslizante. En definitiva, hay que conducir siempre con calzado, pero además con un calzado adecuado. Aunque la consideración de una infracción es algo subjetivo, sujeto al criterio de las autoridades –la Guardia Civil, vamos-, ya te digo que tienen perfecta libertad para ponerte una multa si no cumples con esto.