Según lo que establece el Reglamento General de Circulación, la conducción temeraria o negligente está considerado como una infracción muy grave. Y esto quiere decir que implica una multa de 500 euros, pero también conlleva la retirada de seis puntos del carnet de conducir. Por este tipo de infracción se puede llegar a dar la pena de prisión. Ahora bien ¿qué es lo que se considera conducción temeraria, y qué se considera conducción negligente?
En el Artículo 3 del Reglamento General de Circulación, la normativa explica que ‘queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario’. Pero además, en la normativa también se señala que ‘…las referidas a la conducción temeraria tendrán la consideración de infracciones muy graves’. Es por esto que la multa por conducción temeraria es de 500 euros, y que este tipo de conductas conllevan también la retirada de seis puntos del carnet de conducir. Las conductas referidas a la conducción negligente, sin embargo, tienen la consideración de infracción grave según el mismo artículo del Reglamento General de Circulación.
Pero… ¿Qué es, exactamente?
Por conducción temeraria, el RGC considera que es toda forma de conducción que genere riesgo o peligro de modo que pueda afectar tanto al propio conductor como a los demás ocupantes del mismo vehículo, y también al resto de usuarios de la vía. En esta consideración podrían entrar conductas como la conducción a altas velocidades, superando evidentemente los límites de velocidad, la conducción bajo el efecto de drogas, alcohol u otras sustancias, o la conducción en sentido contrario al de la vía, entre muchas otras conductas similares. Y esto no es lo mismo que la conducción negligente.
La conducción negligente es considerada por omisión o falta de prudencia, de cuidado o de la atención necesarias para evitar los daños propios y ajenos. Mientras que la multa por conducción temeraria asciende a 500 euros y 6 puntos del carnet, la multa por conducción negligente es considerada una infracción grave –en lugar de una infracción grave- y, por lo tanto, aunque conlleva una multa de 200 euros, no implica la retirada de puntos del carnet.
Más allá de la sanción económica y de la retirada de puntos, una infracción muy grave de la normativa de Tráfico puede llegar a suponer un delito. En función de las circunstancias particulares de cada caso, pueden llegar a darse incluso penas de prisión por conducción temeraria. Podría darse el caso si, como establece el artículo 360 del Código Penal, se diera un ‘riesgo y peligro grave, real, específico y efectivo para la vida o la integridad de terceras personas’.