Todos sabemos que existe una máxima, pero hay muchos que ignoran que existe una velocidad mínima en autopista, y que circular por debajo de la misma implica una multa. En autopista, la velocidad mínima es de 60 km/h. Y esto es así porque se puede circular, como mínimo, a la mitad de la velocidad máxima permitida en una vía.
Por norma general, los vehículos pueden circular a una velocidad máxima de 120 km/h en autopista. Y también por norma general, la velocidad mínima de circulación en autopista es la mitad de la máxima; es decir, que la velocidad mínima en autopista es de 60 km/h. No obstante, existen una serie de excepciones en función del vehículo. Los vehículos especiales, que son los autopropulsados o remolcados, y los normales de transporte, sí que pueden circular por la autopista por debajo de la velocidad mínima permitida. Y los vehículos de protección o de acompañamiento también son una excepción y se les permite circular a una velocidad inferior a la mínima prevista en autopista.
La velocidad mínima en autopista
Aunque la velocidad mínima en autopista es de 60 km/h, además de las excepciones anteriores hay que considerar también que siempre hay que circular adecuándose al tráfico y las circunstancias. Por eso, la Ley prevé también que a causa de atascos y otro tipo de incidentes, más allá de las retenciones de tráfico, se pueda circular a una velocidad inferior a la mínima permitida en autopista. A causa de que la vía no se encuentre en las condiciones óptimas, por ejemplo, y considerando que no sea posible la normal circulación, también se puede circular a una velocidad inferior.
Es decir, que si existiera hielo en el pavimento, o si la visibilidad fuese limitada por problemas como niebla, humo y parecidos, también se podría circular por debajo de la velocidad mínima que comentábamos anteriormente. Sin embargo, en el caso de que sí que existan las condiciones óptimas para la normal circulación, y de que nuestro vehículo no esté previsto en alguna de las excepciones que comentábamos anteriormente, si circulamos por debajo de la velocidad mínima se considerará que circulamos a una velocidad anormalmente reducida. Y esto, como ya adelantábamos, se puede multar.
Si no circulas a 60 km/h como mínimo, en autopista, se te puede aplicar una multa. Por eso, si sufrimos una avería, o por cualquier motivo no podemos circular a una velocidad adecuada, tenemos que indicarlo al resto de conductores haciendo la correspondiente señal de emergencia. Y será fundamental que, por la primera salida que podamos, abandonemos la carretera para no entorpecer el tráfico y suponer un riesgo para el resto de usuarios de la autopista.