Sí, por supuesto que hay multa por hablar por teléfono en el coche, o más bien por usar nuestro dispositivo durante la conducción. Solo existen algunas excepciones recogidas por la Ley de Seguridad Vial. Pero en el resto de casos, que son la mayoría, se considera una infracción grave según la normativa aplicable y se aplica una multa de 200 euros. Pero además de esto, esta acción también lleva consigo la retirada de seis puntos del carnet de conducir.
Según lo que establece la Ley de Seguridad Vial en su Artículo 13, «Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.»
Esto anterior quiere decir que hablar por teléfono mientras conducimos está prohibido, pero si profundizamos en la normativa encontraremos, en el Artículo 76, que usar nuestro teléfono durante la conducción está considerado como una infracción grave. Esto, como comentábamos anteriormente, significa que la multa es de 200 euros y que, además, se aplica la retirada de seis puntos del carnet de conducir. Solo está permitido hablar por teléfono en el coche cuando no tenemos que hacer uso manual del mismo; es decir, cuando lo hacemos a través del manos libres del dispositivo, o del manos libres del propio vehículo.
Te costará 200 euros y seis puntos
Como ocurre con otra muchas multas de tráfico, temporalmente vamos a disponer de una bonificación del 50% del importe por pronto pago. Es decir, que si pagamos la multa dentro del plazo que se establece en la notificación en primera instancia, el importe que pagaremos será de 100 euros. Lo habitual es que la multa se notifique en el mismo momento en que se comete la infracción, al ser observada por un agente de tráfico que solicite la detención del vehículo. No obstante, este tipo de multas también las ponen los helicópteros de tráfico.
En el caso de que la multa la ponga uno de los helicópteros de tráfico, será a través de una fotografía, y la multa irá directamente al propietario del vehículo según los datos asociados a la matrícula. En este segundo caso la multa tardaría algo más de tiempo en llegar y, si corresponde, habría que declarar quién era el conductor. Esto último solo aplica en caso de que el conductor infractor no fuera el mismo que el registrado como propietario del vehículo.
Las autoridades competentes te pueden poner una multa por el simple hecho de ir sujetando el móvil. Es decir, que no es necesario que te pillen utilizándolo, sino que basta con que lo tengas en la mano para que se te pueda aplicar la sanción correspondiente. Esto es así, y el aumento a 6 puntos, después de la última revisión de la Ley de Tráfico. Así es como lo prevé la última actualización de la normativa aplicable.