Si alguna vez te has planteado dormir en el coche, que sepas que no te van a multar, siempre y cuando se trate de una pernocta y no de una acampada. Eso es lo que contempla la normativa aplicable de forma general, pero además hay lugares en los que también se permite la acampada. Ahora bien ¿cuál es la diferencia entre pernoctar y acampar? ¿En qué caso se puede dormir en el coche, y en qué casos te pueden poner una multa por dormir en tu vehículo?
La normativa, y la Dirección General de Tráfico así lo ha aclarado en multitud de ocasiones, define que dormir en el coche es legal y, por lo tanto, no te van a multar. No obstante, está permitido siempre y cuando el vehículo esté correctamente estacionado, con sus impuestos al corriente de pago y el seguro obligatorio en regla. El punto clave está en que pernoctar se considera cuando no se supera el perímetro del vehículo con elementos como ventanas abatibles o toldos, por ejemplo. Es decir, que dormir dentro del coche, en tanto que siempre se considerará pernoctar, es una práctica legal mientras que el vehículo esté correctamente estacionado y cumpla con las normas aplicables.
¿Multa por dormir en el coche?
Si se practicase la acampada, y se practicase en la vía pública, en un lugar en el que no esté expresamente permitido, sí se nos podría poner una multa de 200 euros. Y se considerará que estamos acampados cuando del vehículo se extienda un toldo, por ejemplo, o saquemos sillas y mesas –por ejemplo-. Evidentemente, si estamos en el interior de nuestro vehículo, y estamos dormidos sin que ningún elemento supere el perímetro de nuestro vehículo, entonces se considerará que estamos pernoctando y no estaremos cometiendo ningún tipo de infracción.
En la Instrucción 08/V-74, del Ministerio del Interior, se recoge que ‘Se considera que mientras un vehículo está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización’
Según esto anterior, como ya comentábamos, siempre y cuando nuestro vehículo esté correctamente estacionado, y cumpla con las normas aplicables a vehículos a motor que circulan por la vía pública, es perfectamente legal dormir en el coche. Y no solo dormir en el coche, sino también comer, por ejemplo, o ver una película o una serie en nuestro móvil. Solo tenemos que tomar precaución con que, en función de lo que señalábamos anteriormente, nuestra actividad no se pueda considerar como acampada.